El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1109 de 2020, a través del cual se crea el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS) para el seguimiento de casos y contactos del nuevo Coronavirus COVID-19.
Entre los aspectos más relevantes de la norma mencionada, están:
- La norma no incluye a los empleadores como entes habilitados para tomar pruebas de COVID-19 a sus trabajadores. Lo restringe a laboratorios habilitados por el Estado para tal efecto.
- El resultado de los exámenes que se practique y su respectiva transmisión a las entidades gubernamentales, está a cargo de las entidades que practicaron la prueba, no del empleador.
- Los afiliados cotizantes al Régimen Contributivo que sean diagnosticados con COVID-19 Y frente a los cuales el médico tratante considera que no es necesario generar una incapacidad por las condiciones físicas en las que se encuentra, serán priorizados para realizar teletrabajo o trabajo en casa, durante el término del aislamiento obligatorio.
- Los afiliados al Régimen Subsidiado de Salud que sean diagnosticados con Covid -19, contarán con el pago de la Compensación Económica Temporal, creada por el artículo 14 del Decreto Legislativo 538 de 2020, que corresponde a siete {7} días de Salario Mínimo Legal Diario Vigente (SMLDV) por una sola vez y por núcleo familiar, siempre y cuando se haya cumplido la medida de aislamiento.