La situación de pandemia por COVID-19 que vivimos actualmente, sigue impactando el mundo laboral con el lamentable fallecimiento de cinco trabajadores de la salud en nuestro país (información al 15 de abril de 2020). El Consejo Colombiano de Seguridad, como referente nacional en temas de seguridad y salud en el trabajo que históricamente ha estado interesado en la protección de los trabajadores como estrategia de compromiso empresarial y herramienta para construir un país más sano, seguro y con bienestar, hace un llamado a todos los actores del Sistema General de Seguridad Social para que se adopten las medidas necesarias para la protección de la población trabajadora en las siguientes líneas:
1. Gestión de los riesgos en el sector salud
a. El SARS-COV-2 (causante de la COVID-19) deberá incorporarse dentro de los agentes biológicos de interés sin descuidar las medidas de protección frente a otros microrganismos como tuberculosis, VIH, hepatitis B y C, entre otros.
b. La gestión del riesgo biológico deberá mantenerse en toda la cadena de posible exposición, desde la generación de material contaminado hasta la correcta gestión de los residuos peligrosos.
c. Se debe caracterizar la exposición ocupacional al peligro biológico por áreas, así como las condiciones individuales de los trabajadores que podrían suponer mayor susceptibilidad o vulnerabilidad y por tanto, requieran acciones, tales como reubicaciones laborales temporales, entre otras.
d. Determinar la ruta de desplazamiento de pacientes diagnosticados con la COVID-19 y sus respectivas muestras o fluidos biológicos.
e. Establecer los espacios y políticas de aislamiento para pacientes diagnosticados con la COVID-19.
f. Garantizar los recursos necesarios de bioseguridad para la protección de los trabajadores.
g. Capacitar a los trabajadores frente a las medidas de bioseguridad.
h. La prevención de los peligros biomecánicos asociados a la movilización de pacientes, posturas mantenidas, forzadas, anti gravitacionales, movimientos repetitivos, manipulación manual de cargas, entre otros, deberán reforzarse con el fin de evitar las lesiones y ausencia de trabajadores de la salud por el aumento de la carga de trabajo.
i. El uso de sustancias químicas como desinfectantes, productos de limpieza, incluso medicamentos peligrosos, deberá garantizar el cumplimiento del total de las medidas de seguridad, evitando los efectos a la salud agudos y crónicos relacionados con la exposición. Verificar las recomendaciones de las Fichas de Datos de Seguridad de los productos.
j. Frente a peligros físicos como ruido, iluminación y vibraciones, si bien no se recomienda realizar mediciones higiénicas durante la situación de pandemia para reducir el número de personas expuestas, se deberán mantener los controles definidos y minimizar la exposición de los trabajadores de la salud.
k. La exposición a radiaciones ionizantes en actividades relacionadas con la prestación de servicios de salud deberá mantener la totalidad de controles de protección radiológica, haciendo uso correcto de los elementos de protección personal, dosimetrías y llevando el control de la exposición de los trabajadores.
l. La salud mental y el riesgo psicosocial se convierten en un aspecto de alto interés, por lo que se deben promover estrategias para la intervención y manejo de situaciones de crisis que se puedan presentar. Para esto, se deben prever las medidas para el control del riesgo psicosocial, durante y después de la situación de pandemia. Esto requiere medidas individuales y colectivas destinadas a todos los trabajadores de la salud.
2. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en IPS
a. Actualizar las matrices de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos, matriz legal, plan de trabajo anual y programa de capacitación del SG-SST.
b. Identificar los trabajadores de áreas administrativas que puedan realizar trabajo en casa y adoptar todas las medidas que tengan a su alcance para que esta actividad se realice de manera segura.
c. Implementar y documentar las acciones de gestión del cambio que estén definidas en su SG-SST frente a la nueva situación de pandemia.
d. Mantener actualizados los lineamientos de uso de Elementos de Protección Personal (EPP) por parte de los trabajadores de la salud, reconociendo que todo el personal, incluido vigilancia, servicios generales, alimentación y personal asistencial requiere diferentes niveles de protección. Para los trabajadores que tienen exposición directa a COVID-19 se debe coordinar con la ARL la entrega de los mismos.
e. Implementar señales, carteles y demás mecanismos de comunicación dirigidos a los trabajadores sobre las medidas de seguridad para prevenir la infección por COVID-19, técnica de lavado de manos, frecuencia de lavado de manos, higiene respiratoria, entre otras.
f. Facilitar la realización de los comités (COPASST y Convivencia) de manera virtual y fomentar que se realicen acciones relacionadas con el manejo del COVID-19 y los riesgos relacionados.
g. Los exámenes médicos periódicos, en especial aquellos que requieran pruebas complementarias pueden ser aplazados. En los casos que no sea posible, se sugiere recurrir a servicios de telemedicina.
h. Verificar los planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias de las IPS, validando el correcto funcionamiento de los sistemas de alarma, extinción de incendios, señalización, rutas de evacuación, disponibilidad, dotación y entrenamiento de la brigada, y en general, de todas las medidas necesarias para la atención correcta y oportuna de las posibles situaciones de emergencia.
i. Los empleadores deben estar comprometidos con el uso correcto de las batas y uniformes, permitiendo que se realice el cambio de ropa de trabajo y ropa de calle al ingresar y salir del centro de salud.
j. Los responsables del SG-SST deben reforzar las inspecciones en las áreas de trabajo, recordando las medidas de lavado de manos y la disponibilidad de los elementos para tal fin, uso correcto de EPP, verificar el funcionamiento de sistemas de ventilación y medidas de aislamiento de pacientes.
k. Al interior de las IPS se deberán articular y asociarse para desarrollar las acciones entre contratantes, contratistas, outsourcing y otras organizaciones que presten sus servicios al interior de la institución, tomando como referencia lo definido en el artículo 20 de la Resolución 0312 de 2020.
l. La realización de auditorías del SG-SST se pueden aplazar, sin embargo, sí deberán mantenerse los seguimientos y análisis de los indicadores mínimos y reportes a la alta dirección sobre las condiciones de trabajo.
m. Para la atención de los pacientes en procedimientos especiales como terapias metabólicas, administración de quimioterapias, radioterapias, entre otras, en los cuales se presenten efectos secundarios como vómito, se deberá contar con kits antiderrames con dotación permanente de elementos de protección personal, la cual será revisada mediante inspecciones periódicas y se asegurará entrenamiento a los trabajadores respecto de su uso y la disposición de los residuos.
n. En caso de que dentro de las instalaciones de la entidad de salud se realicen necropsias, definir un protocolo que extreme las medidas de limpieza de las áreas, disposición de los residuos biológicos, manejo del cuerpo y su forma de entrega a los servicios funerarios. Contar con kits de mortaja y materiales de envoltura de tipo plástico que aseguren el aislamiento completo del cuerpo.
3. Medidas sugeridas para los trabajadores del sector salud
a. Los trabajadores de la salud deberán hacer un uso correcto de los EPP, permitiendo que se pueda extender su uso y disponibilidad para reducir el riesgo de una escasez extrema en momentos de aumento de casos.
b. Los trabajadores deberán tener el compromiso de hacer uso de ropa de calle, uniformes y batas de manera correcta, evitando el uso de estos últimos fuera de las áreas de riesgo biológico.
c. Adoptar hábitos de vida saludable que favorezcan una adecuada condición de salud.
d. Informar de manera oportuna, veraz y asertiva sobre sus necesidades para la prestación de su labor en condiciones seguras, así mismo, reportar su condición de salud y posibles exposiciones directas a pacientes sospechosos o confirmados y sus secreciones.
e. Se recuerda que es obligatorio que los trabajadores participen en las acciones de promoción y prevención de la empresa, así como el uso correcto de las medidas de control del riesgo, incluidos los EPP.
f. Los trabajadores que tienen más de un trabajo asistencial o más de un empleador, deben reportar a todos sus empleadores las exposiciones a casos sospechosos y confirmados de COVID-19. Estos trabajadores deben tomarse las incapacidades dadas para aislamiento individual de manera obligatoria en todos sus lugares de trabajo.
g. Los elementos de protección personal suministrados en un lugar de trabajo son de uso exclusivo para ese lugar de trabajo y no deben ser llevados a diferentes lugares.
4. Medidas sugeridas para el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales
a. Establecer y fomentar medidas para el uso racional de EPP previniendo una situación de grave escasez de los mismos.
b. Realizar inventarios regionales, territoriales o locales de EPP para COVID-19, con el fin de llevar control frente a la posible situación de escasez y coordinar acciones de colaboración entre IPS.
c. Proporcionar herramientas a los responsables del SG-SST de las IPS del país, para que puedan administrar efectivamente los EPP, tales como matrices u hojas de cálculo para la gestión de inventarios y estimaciones de necesidades de EPP, material audiovisual para capacitación y entrenamiento del personal de salud sobre el uso correcto de los EPP y medidas para el uso extendido de los mismos.
5. Medidas sugeridas para las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL)
a. Realizar asesoría y asistencia técnica a las IPS para la selección, administración, entrega y medidas para la extensión de la vida útil de los EPP.
b. Facilitar las herramientas y personal para la asistencia técnica en el control de los riesgos asociados a la exposición a COVID-19, así como los demás peligros presentes en el lugar de trabajo (psicosociales, físicos, químicos, biomecánicos, etc.).
c. Divulgar a sus afiliados los lineamientos para la atención y manejo de los casos de COVID-19.
6. Llamado a las universidades, organizaciones gremiales y científicas para el permanente desarrollo de conocimiento, herramientas y formación necesaria para fortalecer la seguridad y salud de los trabajadores.
El Consejo Colombiano de Seguridad, su Junta Directiva y sus afiliados reiteran el compromiso con la protección de los trabajadores del país y los invita a unirse con el desarrollo de un mundo laboral sano, seguro y con bienestar.